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Cómo queda el pago de la seguridad social para los independientes

En un enredo se convirtió la información sobre el pago de la seguridad social para los trabajadores independientes del país, por las recientes y confusas decisiones judiciales y del Gobierno nacional.

Un fallo de la Corte Constitucional tumbó un artículo del Plan Nacional de Desarrollo (PND) del Gobierno anterior sobre cómo deben pagar los independientes su seguridad social. Esta norma se sumó a un par de artículos sobre el tema incluidos en el nuevo PND, e incluso a un decreto que debía entrar en vigencia este 1 de junio. La información terminó por desconcertar a los interesados.

Pero tras muchas vueltas y revueltas, ya están claras tres decisiones claves y en firme: primero, que mientras el Congreso aprueba un proyecto de ley sobre esta materia, los independientes seguirán cotizando durante los próximos dos años a seguridad social mes vencido y no mes anticipado, como funcionó el año pasado.

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En segundo término, queda sin piso el Decreto 1273 de 2018, que establecía que a partir de este 1 de junio los empleadores deberían pagar la seguridad social por cuenta de sus trabajadores independientes, a quienes les harían los descuentos respectivos.

Y en tercer lugar, que no tendrán que pagar seguridad social quienes tengan un ingreso base de cotización inferior a un salario mínimo mensual legal vigente.

Estos cambios impactan a cerca de 11 millones de colombianos que laboran por prestación de servicios, cuenta propia o como independientes. Ellos han tenido que padecer los cambios y la escasa regulación laboral existente. En efecto, el Código Sustantivo del Trabajo, expedido en 1950, ha sido actualizado básicamente por sentencias de la Corte Constitucional, como dice el abogado y director del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, Iván Jaramillo Jassir.

¿Qué provocó el galimatías que tuvo en vilo a estos trabajadores desde mediados de mayo? Por un lado, la Corte Constitucional tumbó algunos artículos del Plan de Desarrollo 2014-2018 que establecía el pago mes vencido de los aportes, al encontrar que el tema no guardaba unidad de materia dentro del PND. Para no generar un vacío, planteó que el Congreso apruebe, antes de dos años, una ley que regule este asunto específico.

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El fallo salió dos semanas después de la aprobación del nuevo PND 2018-2022, que incorporó también el tópico de seguridad social de los independientes y confirmó el pago de aportes mes vencido y la cotización sobre mínimo el 40 por ciento de los ingresos netos. Además, creó figuras como el piso de protección social para quienes ganan menos de un salario mínimo; la potenciación de los Beneficios Económicos Periódicos (Beps), y un seguro inclusivo.

Como si fuera poco, este 1 de junio debía entrar en vigencia el Decreto 1273 de julio de 2018, que pone en cabeza de los empleadores retener y pagar los aportes de sus trabajadores independientes o por prestación de servicios.

Con el ‘piso de protección social’, el estado cubrirá con beps a millones de colombianos que no se pueden pensionar.

Con la decisión de la Corte, esta última norma quedó sin piso, explica Jorge Campillo, director de Parafiscales en la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP). Pero, así mismo, la Corte dio un plazo al Congreso para subsanar el tema y el nuevo PND ratificó la vigencia del pago mes vencido.

Stefano Farné, experto en mercado laboral, asegura que la decisión favorece a los trabajadores, ya que el pago anticipado de seguridad social perjudicaba algunas veces a quienes pagaban para acceder a contratos que terminaban aplazados o cancelados.

La claridad en estas normas beneficia a buena parte de los empleados por contrato del país. Pero muchos siguen desprotegidos, pues no ganan el salario mínimo o, en ocasiones, no cotizan porque no se ven obligados.

Proteger a los más vulnerables

El mundo de los trabajadores independientes tiene características muy particulares. Algunas estimaciones indican que, de los más de 13 millones que trabajan con esta modalidad, solo 35 por ciento cotiza efectivamente a salud, pensión y riesgos profesionales (ARL). Lo hace porque labora con entidades del Gobierno o con grandes empresas que le exige estos requisitos.

En el porcentaje restante, unos 9 millones de colombianos son trabajadores informales, por cuenta propia o ganan menos del salario mínimo.

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Estudios del Observatorio de la Universidad del Rosario indican que 65 por ciento de las personas independientes o que se desempeñan por contrato de prestación de servicios evade el pago de sus aportes a salud (que es del 12,5 por ciento), de pensión (16 por ciento) o de riesgos laborales, cuyo porcentaje varía según la ocupación.

Por eso la ministra de Trabajo, Alicia Arango, cree que el asunto va más allá de la discusión sobre si el pago de aportes de los trabajadores independientes debe ser anticipado o vencido. Piensa que el problema de fondo por solucionar es la desprotección en seguridad social de millones de colombianos, cuyo nivel salarial o tipo de contrato no les permiten cotizar y contar con el debido aseguramiento.

“Colombia no puede dejar por fuera a los más vulnerables”, dice la funcionaria. Señala que de los 23 millones de colombianos que integran la fuerza laboral del país, el 44 por ciento gana menos de un salario mínimo, y no tiene protección por el tipo de labor que desempeña o porque no le alcanza su dinero para hacer los aportes.

Arango ha encontrado parte de la solución a este drama en tres instrumentos que el Ministerio de Trabajo logró incorporar en el PND: el denominado ‘Piso de protección social’, la ampliación de los Beps y el seguro inclusivo.

Los tres apuntan al grupo de colombianos de más bajos ingresos que, por su condición de vulnerabilidad, no se podrán pensionar. Los ayudarán de varias formas. Por un lado, al lograr que las empresas que los contraten paguen el 15 por ciento en aportes mientras que el Gobierno asume un 20 por ciento adicional. Estos recursos irán a los Beps, que le permitirán a la persona contar con un apoyo económico cuando cumpla la edad de pensión. Además, tendrán un seguro inclusivo ante eventuales casos de invalidez.

Estos anuncios encendieron las alarmas de algunos congresistas y sindicatos. Insisten en que este tipo de decisiones podrían bajar los estándares salariales para los trabajadores colombianos. Así mismo, les preocupa que algunos empresarios prefieran optar por darles a sus empleados este tipo de cobertura de ‘piso mínimo’ para evadir otras obligaciones laborales.

Pero la ministra Arango insiste en la necesidad de no confundir el derecho con el abuso y dejar de adoptar medidas que beneficien a los más vulnerables por miedo a las posibles trampas. Por eso, anuncia, autoridades como la Dian y la UGPP, entre otras, vigilarán que no haya abusos.

El país tiene una realidad pensional compleja. De los 23 millones de trabajadores, solo 8,3 millones cotizan para pensión y de ellos, únicamente 3 millones se pensionarán. Esto pone una mayor presión frente a la necesidad de solucionar el problema de los que quedan por fuera y de buscar alternativas tanto para los trabajadores directos de las empresas como para los independientes y los informales. Y hay que hacerlo ya.


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